Procedimientos para Reclamar Deudas
| ¿Qué puedo hacer para reclamar el dinero que me deben? |
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| Escrito por Mª Angeles Lafuente |
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Para reclamar deudas no satisfechas, existen procedimientos alternativos al proceso judicial, como son: el requerimiento extrajudicial y la conciliación.
Fieles a nuestra filosofÃa mediadora, aconsejamos acudir al requerimiento o a la conciliación, antes de instar un proceso ante los Tribunales de Justicia. Con ello, puede obtener la satisfacción de sus intereses, de forma sencilla y más económica. ¿Qué es el requerimiento extrajudicial? Consiste en que el propio acreedor o el abogado (lo que suele ser más efectivo), envÃe un requerimiento fehaciente al deudor,(carta certificada con acuse de recibo o burofax) concediéndole un plazo para satisfacer su deuda, En el mismo, le advierte del inicio de la reclamación judicial, sino cumple con su obligación en el plazo señalado. ¿Qué es la conciliación? Es otra vÃa recomendable de reclamación de deudas. Consiste en presentar al Juzgado, una "Papeleta de Conciliación". En este caso, se intenta alcanzar un acuerdo que evite el proceso judicial. El juez señalará dÃa y hora para una comparecencia en el juzgado. En ella, las partes intentarán alcanzar un acuerdo, con la ayuda de juez que mediará para acercar posturas. Si se logra el acuerdo, este será obligatorio para las partes igual que una sentencia. Sino se cumple, se puede ejecutar por los mismos trámites. ¿Qué ocurre si el requerimento o la conciliación no surten efecto, o no queremos recurrir a ellos? En este caso, podemos reclamar la deuda judicialmente. La Ley de Enjuiciamiento Civil, ofrece una serie de procedimientos para reclamar las deudas dinerarias no satisfechas. Recurriremos a uno u otro, dependiento de la cuantÃa de la deuda y de si tenemos un documento que la acredite. El juicio declarativo ordinario se utiliza para reclamar deudas superiores al 3.000€ o de cuantÃa indeterminada. El juicio verbal para reclamar deudas que no superen los 3.000€. Existe un procedimiento muy interesante, dada su rapidez y efectividad, que se denomina juicio monitorio. Permite cobrar deudas de hasta 30.000€, vencidas(llegado el plazo de satisfacer la deuda, el deudor no paga) y exigibles, siempre que tengamos documentada la deuda. ¿Qué requisitos debemos cumplir para acudir al Juicio Monitorio?
¿Es necesaria la intervención de abogado y procurador en el juicio monitorio?
En la petición inicial no es necesaria, independientemente de la cuantÃa de la deuda. Pero si la dedua es superior a 900€, durante la tramitación del proceso, es necesaria la intervención de abogado y procurador, en su caso. ¿Cómo se presenta la petición inicial de juicio monitorio?
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